Por fin parece que va a entrar en vigor este próximo 15 de Julio las subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible de hidrógeno y a la instalación de puntos de recarga con un presupuesto de 400 millones de euros que podría ampliarse hasta los 800 millones hasta finales de 2023.

¿QUIÉN SE BENFICIA DE ESTA AYUDA?
Vehículos nuevos y cuyo precio no supere los 45.000 euros, o hasta los 53.000 euros si el turismo tiene 8 o 9 plazas. La segundo mano excluida, excepto los km0 de concesionario, con menos de nueve meses entre el registro y su venta.
¿CUÁNTO PUEDEN DARME DE AYUDA POR LA COMPRA DE UN VEHÍCULO?
- PARTICULARES, COMUNIDADES Y AUTONOMOS:
Turismos eléctricos o pila de hidrogeno: para un particular o un trabajador autónomo recibir una ayuda de 4.500 euros, ampliable hasta 7.000 euros si a cambio se da de baja otro vehículo con más de siete años de antigüedad.
Motos: Si su precio no supera los 10.000 euros en los modelos equivalentes a una cilindrada superior a los 50 centímetros cúbicos.
Furgonetas: hasta 7.000 euros, ampliable a 9.000 euros dando de baja la antigua con más de 7 años. Los usuarios con discapacidad por movilidad reducida, los que lo utilicen como taxi o vehículo VTC y habitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes tendrán un 10% de ayuda adicional.
¿Y si quiero pedir una ayuda para instalar un punto de recarga? El Moves III plantea para autónomos, particulares y comunidades de propietarios una subvención del 70% del coste de instalación, mejorada hasta el 80% en el caso de municipios de menos de 5.000 habitantes. Para las empresas, los porcentajes van desde el 55% de las pequeñas y medianas hasta el 35% de las grandes, si el punto que se va a instalar será de acceso público. En el caso de accesos privados, la ayuda se reduce al 30%.

* Ampliable hasta 53000€ si disponen de 8 o 9 plazas
** Baja de vehículo con más de 7 años de antigüedad
- EMPRESAS:
En ese caso se han definido diferentes baremos. En el caso de las pymes, las ayudas pueden oscilar entre los 1.700 euros y los 2.900 euros para turismos, ampliables hasta los 4.000 euros en caso de sacar otro vehículo de la circulación. Para las grandes empresas, las ayudas caen a una horquilla de entre 1.600 euros y 2.200 euros, ampliables a entre 2.300 euros y 5.000 euros con el programa de achatarramiento. Las ayudas para furgonetas pueden oscilar hasta los 5.000 euros en caso de pymes, siempre y cuando se entregue otro furgón para achatarrar.
¿QUIEN ME DA LA SUBVENCIÓN?
Esto no cambia, las comunidades autónomas son las gestoras de los fondos, por lo que es a ellas a las que se deberán dirigir particulares, autónomos y Administraciones públicas. En el caso de empresas, el periodo de fecha de la adquisición del vehículo o de la inversión en los puntos de recarga debe ser posterior a la del registro de la demanda de ayudas, al ser necesario cumplir con las condiciones incentivadoras de la convocatoria.
¿CÓMO HACER LA FACTURA?
Fecha a partir del 10 de abril de 2021 y hacer constar la matrícula (o el número de bastidor), la marca, el modelo y la versión del vehículo. Además ha de constar deforma desglosada, el descuento por parte del fabricante o del concesionario de al menos 1.000 euros en turismos y vehículos comerciales ligeros en concepto de “Programa Moves III”
¿SI PEDI EL MOVES II, PUEDO PEDIR EL MOVES III?
Si se solicitó y no se ha comprado el coche, se puede cancelar y empezar de nuevo. Si ya hay resolución favorable a la subvención por parte de la comunidad, solo se podrá pasar al Moves III en el caso de que la factura de adquisición sea posterior al 9 de abril.
¿Y LAS INSTALACIONES DE CARGADORES?
También son subvencionables, desde el contador o cuadro eléctrico hasta el cargador. En caso de nueva acometida, esto no está incluido.
- Para particulares, comunidades y autónomos, será del 70% del coste subvencionable, siempre que no se superen los límites de 5000€. Podrá alcanzar el 80% del coste subvencionable para aquellas actuaciones que justifiquen encontrarse en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Para empresas, subvención del 40 % de los costes subvencionables, siempre que la infraestructura de recarga sea de acceso público y potencia ≥ 50 kW y este ubicada en un municipio de menos de 5.000 habitantes, reduciéndose al 35 % de los costes subvencionables en el resto de zonas.
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